Para el Banco Mundial, más de 400 millones de personas , aproximadamente el 10% de la población mundial, viven con alguna forma de discapacidad en los países en desarrollo y como resultado de ello, muchas se ven excluidas del lugar que les corresponde dentro de sus propias comunidades.
Estas personas, imposibilitadas de desempeñarse en trabajos con un sueldo digno y excluidas de los procesos políticos, tienden a ser las más pobres entre los pobres dentro de una población mundial de 1,3 mil millones de personas que subsisten con menos de un dólar diario.
Según el DANE, Departamento Nacional de Estadística, para el 1 de Mayo de 2015 la población Colombiana era de 48.114.815 personas, de las cuales y según el Censo 2005 se estableció una prevalencia de discapacidad del 6,4%.
Esta situación contiene importantes diferencias regionales, es decir, mientras en el promedio nacional por cada 100 colombianos 6,4 presentan limitaciones permanentes, en los departamentos de Cauca, Nariño, Boyacá, Huila, Quindío, Caquetá y Tolima, este promedio es más alto. En efecto, por cada 100 personas de estos departamentos entre 7,8 y 9,5 tienen limitaciones permanentes.
La Ley Estatutaria 1618 del 27 de febrero de 2013 tiene por objeto garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.
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